Aproximación al nuevo CE de la CABA

Por Salvador Rueda

Director de la Agencia de Ecología Urbana de Barcelona

El nuevo Código de Planificación Urbana, desde la perspectiva del ecosistema, reconoce a la ciudad construida, su forma, su identidad y las futuras expansiones de áreas urbanas que consolidan su diversidad sociocultural. También, tiene como objetivo criterios orientados a un modelo urbano más sostenible de morfología compacta, diversa y mixta en los usos de su organización, y metabólicamente eficiente y socialmente cohesionada.

La planificación urbana actual trae consigo la inercia de la planificación urbana consolidada durante el siglo XX. Los criterios y principios en los cuales se basan como consecuencia: Un modelo de movilidad estructurado en la dependencia del vehículo privado como principal medio de transporte; una ocupación de la zonificación terrestre y la segregación de usos y personas; más un modelo económico basado en el consumo insostenible de recursos.

Hoy las ciudades han afectado el desafío de superar los impactos acumulativos derivados de dicho modelo urbano, tanto ambiental como social y económico. Por lo tanto, es de gran relevancia la redacción de leyes y reglamentos, los cuales brinden obligatorias a la aplicación de medidas capaces de acotar esos impactos.

En el caso de Buenos Aires, en los últimos años, se han dado pasos hacia una mejor orientación del modelo urbano de la ciudad. Se ha embarcado en un proceso de adaptación del conjunto de herramientas de planificación y gestión urbana hacia una ciudad modelo que busca armonizar los intereses sociales, culturales, ambientales y económicos. El resultado del proceso anterior al Artículo 26 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de 1996, donde se determina que el entorno urbano es un patrimonio común y todos tienen derecho a disfrutar de un entorno saludable y el deber de preservar y defenderlo en beneficio de las generaciones presentes y futuras.

Por otro lado, la base de las directrices del marco de la Ley 2930 se estableció en 2008, el Plan Ambiental Urbano que debe cumplir con las normas de planificación y referencia responsables de definir pautas y rasgos para promover una ciudad integrada, policéntrica, plural, saludable y diversa, como objetivos estratégicos a seguir.

Es el turno del nuevo Código Urbanístico -Ley 6099, sancionada a fines de 2018- con el propósito de recuperar una mirada integral de ciudad, que le devuelva homogeneidad al tejido, e instale una sana convivencia de actividades, que proponga una mayor densidad poblacional y contribuya a equi-distribuir las cargas y beneficios.

Se trata de un novedoso instrumento normativo, clave para la ejecución de tales planteamientos y criterios. Con el fin de enriquecer el proceso de elaboración, la Agencia de Ecología Urbana realizó una revisión de la propuesta del proyecto ley de “Código Urbanístico”, con la finalidad de contribuir a la incorporación de los criterios del Urbanismo Ecosistémico.

En ese marco, se destacaron planteamientos compatibles en sus principios básicos y se aportaron nuevos criterios orientados hacia un modelo urbano más sostenible: Compacto en su morfología, diverso y mixto en usos y en su organización, metabólicamente eficiente y socialmente cohesionado. Con nuevos mecanismos, apunta a la articulación de usos mixtos para favorecer la complejidad urbana, con diversificación de comercios y servicios, regulación de la altura de las edificaciones dentro del tejido urbano y dotación prioritaria de espacios públicos de calidad. Para ello, se apuesta a un modelo de control del desarrollo urbano con herramientas para consolidar la gestión democrática de la ciudad y un marco conceptual para el derecho urbanístico.

Surge como desafío la integración física y social de diferentes sectores de la ciudad que no se encuentran aún consolidados y ofrecen infraestructura de calidad. En virtud del modelo territorial formulado, esas cuestiones son recogidas por el nuevo código como áreas de desarrollo estratégico de carácter prioritario, en especial, en aquellos sectores más relegados. El completamiento del tejido disgregado y la jerarquización de esquinas, hoy deprimidas, serán directrices especialmente consideradas. Para ello, se utilizan criterios morfológicos y menos indicadores cuantitativos.

Esta herramienta fue acompañada por la Ley de Plusvalia Urbana (Ley para el desarrollo urbano y hábitat sustentable), como herramienta para la planificación del desarrollo urbano, aplicada en diversas ciudades del mundo, que establece distintos mecanismos para la captación de excedentes cuando se produzca un incremento diferencial en la valorización del suelo por acciones emprendidas por el Estado.

Se trata de un instrumento urbanístico el cual regula el mayor aprovechamiento constructivo de aquellas parcelas donde se genere una edificabilidad adicional por cambios normativos. Quienes más se benefician en el proceso de valorización del suelo requerido contribuirán en términos de equidad distributiva y serán beneficiarios de los cambios regulatorios generados por la acción estatal.

Paralelamente, por otra razón, la Ley de Vivienda Asequible permite comprar un departamento pagando, como mínimo, un porcentaje menos que el precio del mercado y requieran un ahorro previo inferior.

Se propone un marco normativo que brinda una alternativa a la demanda habitacional, orientado a fomentar el desarrollo urbano y residencial a través de emprendimientos que logren potenciar la capacidad de pequeños y medianos desarrolladores, como agentes de dinamización de la economía.

La estructura de contenidos del nuevo CE tiene como referencia los pilares y principios del urbanismo ecosistémico en tanto que contempla: La mezcla de usos del suelo, una movilidad sustentable y una habitabilidad urbana basada en la garantía de la cohesión social, la resiliencia urbana y el compromiso ambiental.

Las Unidades de Sustentabilidad propuestas dentro del Código Urbanístico, toman como referencia las Supermanzanas. La definición de las áreas vendrá dada por la reorganización de la red de vías básicas y del transporte público en superficie que redefina la jerarquía viaria y los límites de velocidad. El resultado será una nueva malla, base del modelo funcional de movilidad del modelo urbanístico. La promoción y consolidación de unidades de sustentabilidad urbana es la estrategia que enmarca el crecimiento de toda la ciudad.

Estas unidades requieren pensamiento desde la red primaria de circulación y su interior deben ser compuestas por un sistema de vías secundarias con prioridad a los usos ciudadanos. En las áreas consolidadas se busca completar el tejido, unificar los alineamientos edilicios frecuentes y conservar los valores patrimoniales. En las áreas de desarrollo estratégico, el código especificó un mayor compromiso social. Este nuevo instrumento apunta a una ciudad que pueda crecer con eficiencia, inclusión y equidad.

La Agencia de Ecología Urbana, en su misión como actor promotor de la sostenibilidad y contribución a la transición ecológica de las ciudades, apoya este tipo de iniciativas que permiten erradicar las inercias del urbanismo obsoleto y especulativo, mediante alternativas que ofrezcan posibilidades distintas para la regeneración de los barrios y comunidades, tanto para paliar los problemas ambientales como las necesidades básicas de las personas, especialmente, las de los más vulnerables.

Entendemos finalmente que este nuevo marco normativo ofrece una transición hacia un modelo más sostenible en la era de la información y la cuenta con capacidad tal para poder mejorar de forma dinámica en base a la resolución de los desafíos que el futuro nos depare.

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